Banderas de lucha y corrección de la cultura jurídica

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Me propongo reflexionar sobre la forma en que el ser humano crea y acumula cultura, y cómo estos esfuerzos influyen en el derecho y se ejemplifican por acciones concretas impulsadas dentro de un entorno jurídico especifico.

Para elaborar esa idea quisiera tomar dos ejemplos. Por un lado, los esfuerzos del profesor Pablo Alarcón Peña (Director de la Escuela de Postgrado en derecho de la Universidad Espíritu Santo) por promover lo que ha llamado una Cultura de la Legalidad [1]. Que, en los términos esbozados por él, implicaría el establecimiento de una especie de marco general bajo el cual unificar las acciones tendientes a implantar un nuevo estándar de corrección dentro de la práctica jurídica local con el que se buscaría contrarrestar las deformaciones éticas que han quedado evidenciadas dentro del sistema de justicia ecuatoriano a partir de recientes casos de corrupción judicial; como Metástasis, Purga, y otros [2]. Por el otro, también sirve de ejemplo la iniciativa de la Corte Constitucional del Ecuador para fomentar, mediante eventos académicos y el desarrollo de herramientas tecnológicas, lo que han denominado una cultura del precedente judicial [3]; con miras a que los operadores adquieran mayor consciencia respecto al uso de la jurisprudencia constitucional en el país.

En ambos ejemplos vemos rasgos comunes: la utilización de banderas de lucha, o etiquetas macro, con la intención de despertar sentimientos entre los pares y provocar un cambio en el imaginario de los operadores jurídicos. Creo que esto apunta hacia algo profundo, y precisamente aquello es en lo que quiero poner énfasis: la forma en que dentro de la especie humana se construye, difunde y modifica la cultura. Entender eso nos puede ayudar a comprender mejor el rol que tienen iniciativas como las mencionadas en la evolución cultural del hombre y, más concretamente, del derecho. En las siguientes líneas daré un esbozo de las ideas en juego en torno a la cuestión.

La generación de cultura en el ser humano y en el derecho

Para entender cómo se genera cultura en el ser humano debemos remitirnos a distintas disciplinas del saber que enfatizan el papel que tiene la construcción de cultura en el hombre, y la manera en que los humanos modificamos y adaptamos nuestro entorno con base en nuestras ideas. Más aun, esta construcción cultural se vendría sucediendo a lo largo del tiempo, refinando y acumulando, hasta construir los órdenes en torno a los que el humano se organiza y define a sí mismo. Uno de estos sería el derecho y, dentro del derecho, existirían sub-ordenes o sub-manifestaciones que a su vez nutren la manera específica en que los humanos lo entienden y aplican.

Este postulado se sustenta en la constatación de que, a lo largo de su historia, el ser humano ha tendido a crear ordenes imaginados: redes de ideas y creencias que le permiten “cooperar de manera efectiva y forjar una sociedad mejor” [4]. Esto se corrobora con una larga tradición de estudios antropológicos que nos explican los distintos modos en que el humano forja su cultura. Así, por ejemplo, la teoría de la evolución cultural acumulativa [5] enseña que la evolución de la cultura humana puede verse como una serie de modificaciones sucesivas apiladas a lo largo del tiempo que “exceden lo que ninguna simple persona podría crear sola” [6], de forma que “ideas beneficiosas e invenciones son selectivamente preservadas y acumuladas en número y efectividad durante generaciones” [7]. Por otro lado, la teoría de la construcción de nichos determina que el hombre en su actividad cultural se mueve dentro de nichos cognitivos, entendiendo por estos un conjunto de caracteres “epigenéticos, sociales, ecológicos, epistémicos y simbólicos heredados por un organismo como recursos necesarios para su desarrollo”. Por tanto, la evolución del ser humano implica la construcción y adaptación de espacios para desarrollarse desde el plano moral e intelectual [8], es decir “una red de interacciones continuas entre individuos y el ambiente, en que las personas lo alteran y modifican por exteriorizar miméticamente pensamientos pasajeros, ideas privadas, etc.” [9].

Desde la psicología y las neurociencias, en cambio, se ha señalado que la gente se une mediante patrones culturales compartidos [10] con los que “percibe y actúa en formas grupal-y contextualmente- especificas” [11]. Mientras que con la teoría sobre la construcción afectiva de nichos se pone énfasis en el rol activo que tiene el ser humano en la construcción de su propio ambiente y la relación entre sus afecciones cognitivas y los artefactos culturales que las moldean [12]. Esto ha llevado a la hipótesis de la motivación social que entiende que el hombre es influenciado por un “conjunto de predisposiciones psicológicas y mecanismos biológicos que condicionan al individuo” [13].

El filósofo ecuatoriano Bolívar Echeverría pudo reflexionar sobre estas cuestiones en su libro Definición de la cultura de 2001 en que concluyó, desde un anclaje antropológico compatible con el aquí explicado, que “la cultura es el momento autocrítico de la reproducción que un grupo humano determinado, en una circunstancia histórica determinada, hace de su singularidad concreta; es el momento dialectico del cultivo de la identidad” [14]. Esto implica “salir a la intemperie y poner a prueba la vigencia de la subcodificación individualizadora […] no puede ser otra cosa que una puesta en juego, una de- y re-substancialización o una de- y re-autentificación sistemática del sujeto” [15].

En el derecho notaríamos la manifestación de esto al darnos cuenta de la producción y evolución cultural que ocurre dentro del mismo derecho, sub-agrupándose en distintos nichos cuyo contenido puede variar según el antecedente cultural del que han surgido. Un reconocimiento de esto podría verse en la obra del profesor Alarcón Peña quien, en su estudio de 2018 sobre derecho comparado, bosquejó la manera en que las vertientes dominantes del derecho en el mundo tienden a agruparse bajo modelos comunes o familias jurídicas, como el common law, el sistema romano-germánico, el derecho islámico, entre otros [16]. Igualmente, hay obras de diversos juristas que han estudiado las distintas culturas, herencias, o costumbres que influencian lo jurídico (e.g. positivismo jurídico, formalismo, estudios críticos, etcétera) [17].

Queda claro que el derecho es un producto cultural que a su vez genera sub-productos culturales. La gran cuestión es: ¿cómo pasamos de las acciones concretas de individuos a su adscripción a sistemas macro?, ¿cómo se fragua la cultura en lo jurídico? En la respuesta a eso radica la importancia misma de iniciativas como la de la Cultura de la Legalidad.

De- y re-autentificando el derecho

Este breve recuento de ideas pone de manifiesto lo importante que es para el ser humano la construcción y promoción de cultura. Y esta no es una afirmación que deba ser tomada a la ligera, detrás de ella nos encontramos con un bagaje de teorías sobre sus implicaciones en la evolución y psicología del ser humano. Después de todo, este se ve motivado a agruparse y trabajar en conjunto; esto es esencial para su supervivencia. Y la forma más efectiva de trabajar coordinadamente es compartiendo creencias y convicciones comunes. En la medida en que estas ideas se comparten y son asimiladas por grandes grupos de personas, se crea la cultura. Y esta no solo que moldeará las vidas de los humanos y la manera en que estos se relacionan con su entorno y ellos mismos, sino que constantemente se irá depurando y refinando. 

No hay construcción cultural que se mantenga estática. Así como el hombre modifica el entorno natural a su alrededor, también va modificando ese cumulo de ideas y patrones en torno a los que se mueve. Por eso, y como lo pondría Bolívar Echeverría, la cultura implica autocritica y es una puesta a prueba de la codificación de los patrones que el hombre asume para sí. En cierta manera una labor dialéctica de cultivo de identidad, como también diría Echeverría, que implica que deban existir contrapuntos: la cultura que es vs. la cultura que puede ser. Y del choque entre ambas surgirá la cultura que asumiremos como vigente.  Pero esto no puede ocurrir si personas no se ponen de acuerdo en torno a ideas comunes, y lo suficientemente de acuerdo como para levantar esas ideas en pie de lucha. Y, como todo lo que implica toma de decisiones, el resultado no siempre puede ser el deseado y sistemas culturales nocivos pueden resultar triunfantes en entornos concretos (e.g. cultura narco, viveza criolla, etcétera). Pero creo que es ahí donde cobra sentido lo dicho por el profesor Alarcón respecto a que la Cultura de la Legalidad es un antídoto para la corrupción enquistada en el derecho de Ecuador. Detrás de la afirmación se encontraría la idea de que la cultura solo puede ser reemplazada con cultura (¡y, efectivamente, eso es lo que la ciencia nos demuestra que ocurre!). Quizás en Ecuador no hemos enfatizado lo suficiente y pareciera que históricamente hemos dejado de lado la labor de construcción cultural necesaria para cambiar patrones arraigados; es decir, la manera viva en que la cultura es promovida, replicada y, finalmente, asumida por los individuos.

Crear cultura es una cuestión de muchos. De manifestar ideas públicamente, y que otros las acepten. Y es por eso que iniciativas como las del profesor Alarcón y la Universidad Espíritu Santo, o la de la Corte Constitucional del Ecuador, tienen tanta importancia y guardan el potencial de re-autentificar el derecho local porque generan espacios donde discutir ideas, refinarlas, y finalmente llegar a puntos de consenso. He ahí la esencia de crear cultura en lo jurídico.

Bibliografía

[1] vid. ALARCÓN PEÑA, Pablo. Cultura de la legalidad: antídoto para tratar la metástasis de corrupción que vive el Ecuador. Universidad Espíritu Santo [en línea]. 12 de marzo de 2024 [consultado el 19 de abril de 2024]. Disponible en: https://uees.edu.ec/cultura-de-la-legalidad-remedio-para-tratar-la-metastasis-de-corrupcion-en-ecuador/; UEES. UEES promueve la Cultura de la Legalidad en Ecuador

. YouTube. 13 de marzo de 2024 [consultado el 19 de abril de 2024].

 [2] vid. REDACCIÓN. Ecuador | Operativo Metástasis: 3 claves sobre el megaoperativo contra el narcotráfico y la corrupción que se llevó a cabo en el país sudamericano – BBC News Mundo. BBC News Mundo [en línea]. 14 de diciembre de 2023 [consultado el 19 de abril de 2024]. Disponible en: https://www.bbc.com/mundo/articles/cp932zvr02zo; LOAIZA, Yalilé. Caso Purga en Ecuador: arrestaron a un exlegislador y a altos funcionarios judiciales en una operación anticorrupción. infobae [en línea]. 4 de marzo de 2024 [consultado el 19 de abril de 2024]. Disponible en: https://www.infobae.com/america/america-latina/2024/03/04/caso-purga-en-ecuador-arrestaron-a-un-exlegislador-y-a-altos-funcionarios-judiciales-en-una-operacion-anticorrupcion/; REDACCIÓN. Judicatura suspende a un juez y a un secretario por caso Plaga. Primicias [en línea]. 16 de abril de 2024 [consultado el 19 de abril de 2024]. Disponible en: https://www.primicias.ec/noticias/politica/judicatura-suspension-juez-secretario-casoplaga/; REDACCIÓN. Operativo Jaguar deja 14 detenidos, 10 de ellos son policías. Primicias [en línea]. 18 de abril de 2024 [consultado el 19 de abril de 2024]. Disponible en: https://www.primicias.ec/noticias/sucesos/operativo-jaguar-delincuencia-organizada-drogas-detenidos/

[3] CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR [@CorteConstEcu]. 16 de noviembre de 2023. …Comprometidos con la construcción de la cultura constitucional y con la difusión de la justicia constitucional, este Organismo realizará el “1er Encuentro por la Cultura del Precedente” [Tuit]. Disponible en https://x.com/CorteConstEcu/status/1725230042471452699; LOZADA PRADO, Alí. [@Alozpra]. 23 de marzo de 2024. Hacia una cultura del precedente [Tuit]. Disponible en https://x.com/Alozpra/status/1770801954618274169; LOZADA PRADO, Alí. [@Alozpra]. 9 de abril de 2024. …avancemos en la cultura del precedente [Tuit]. Disponible en https://x.com/Alozpra/status/1777858442230706215

 [4] HARARI, Yuval Noah. Un orden imaginado. En: De animales a dioses. Breve historia de la humanidad. Bogotá: Penguin Random House, 2014, pp. 121–129. Nota: comentaristas han apuntado las imprecisiones en la obra de Harari. Este punto, sin embargo, se encuentra suficientemente respaldado por otras obras de la bibliografía.

[5] MESOUDI, Alex, y THORNTON, Alex. What is cumulative cultural evolution? Proceedings of the Royal Society B: Biological Sciences [en línea]. 2018, 285(1880), 20180712 [consultado el 19 de abril de 2024]. ISSN 1471-2954. Disponible en: doi:10.1098/rspb.2018.0712; y DEREX, Maxime. Human cumulative culture and the exploitation of natural phenomena. Philosophical Transactions of the Royal Society B: Biological Sciences [en línea]. 2021, 377(1843) [consultado el 19 de abril de 2024]. ISSN 1471-2970. Disponible en: doi:10.1098/rstb.2020.0311

 [6, 7] ALTMAN, Arie y Alex MESOUDI. Understanding Agriculture within the Frameworks of Cumulative Cultural Evolution, Gene-Culture Co-Evolution, and Cultural Niche Construction. Human Ecology [en línea]. 2019, 47(4), 483–497 [consultado el 19 de abril de 2024]. ISSN 1572-9915. Disponible en: doi:10.1007/s10745-019-00090-y

[8] STOTZ, Karola. Human nature and cognitive–developmental niche construction. Phenomenology and the Cognitive Sciences [en línea]. 2010, 9(4), 483–501 [consultado el 19 de abril de 2024]. ISSN 1572-8676. Disponible en: doi:10.1007/s11097-010-9178-7

[9] MAGNANI, Lorenzo. Creating chances through cognitive niche construction: The role of affordances. Knowledge-Based Intelligent Information and Engineering Systems: 11th International Conference, KES 2007 [en línea]. 2007, (11), pp. 917-925. Disponible en: https://link.springer.com/chapter/10.1007/978-3-540-74827-4_115

[10] HUTT, Daniel D. Ultimate Origins and Creation Myths. En: Folk Psychological Narratives. The Socialcultural Basis of Understanding Reasons. Cambridge: MIT Press, 2008, pp. 230–243.

[11] ROEPSTORFF, Andreas, NIEWÖHNER, Jörg, y BECK, Stefan. Enculturing brains through patterned practices. Neural Networks [en línea]. 2010, 23(8-9), 1051–1059 [consultado el 19 de abril de 2024]. ISSN 0893-6080. Disponible en: doi:10.1016/j.neunet.2010.08.002

 [12, 13] NAGATSU, Michiru, y SALMELA, Mikko. Interpersonal and Collective Affective Niche Construction: Empirical and Normative Perspectives on Social Media. Review of Philosophy and Psychology [en línea]. 2023, 14(4), 1169-1196 [consultado el 19 de abril de 2024]. ISSN 1878-5166. Disponible en: doi:10.1007/s13164-022-00625-1

[14, 15] ECHEVERRÍA, Bolívar. La identidad, lo político y la cultura. En: Definición de la cultura. 2a ed. Ciudad de Méxic: Editorial Itaca, 2010, pp. 163–165.

[16] ALARCÓN PEÑA, Pablo. El derecho comparado desde las familias jurídicas. En: Una metodología comparativa crítica aplicada al sistema constitucional ecuatoriano. Quito: Corporación de Estudios y Publicaciones, 2018, pp. 18–91.

[17] vid. ATIENZA, Manuel. El sentido del derecho. Barcelona: Editorial Ariel, 2001; LÓPEZ MEDINA, Diego. Teoría impura del derecho. Bogotá: Legis, 2004; y ÁVILA SANTAMARÍA, Ramiro. Cultura jurídica, facultades de derecho y Función Judicial. En: ANDRADE UBIDIA, Santiago, y ÁVILA LINZÁN, Luis, eds. La transformación de la Justicia. Quito: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2009, pp. 377–414.

Doménico Carrillo Abad

Alumnus de las Maestrías en Derecho Penal y Derecho Constitucional de la Escuela de Postgrado en Derecho de UEES. 
  • Abogado con mención en derecho público por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil.

  • Master en Derecho Constitucional, y en Derecho Penal, por la Universidad Espíritu Santo.

  • Diplomado en Argumentación Jurídica por la Universidad de Génova.

  • Socio fundador Estudio Jurídico Carrillo & Mendoza

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